domingo, 6 de diciembre de 2009

Kafka, cronista parlamentario

Si no fuera porque se trata de un asunto que afecta a toda la población que vive en Querétaro, a los visitantes, a los que simplemente tienen la mala suerte de pasar por aquí, a los que no viven en el estado pero que aquí tienen intereses y negocios, a los padres de otros lados cuyos hijos estudian en cualquiera de nuestras universidades, a los automovilistas que por miles circulan por calles y carreteras estatales, a los vendedores y compradores de bienes, servicios y productos, a cualquiera que descansa en su casa o que en la calle camina preocupada o despreocupadamente. . . si no fuera por todo eso y por mucho más, la legislación penal queretana sería un buen regalo navideño para reír del humor barroco de nuestra chistosa queretanidad, más en momentos en que la mayoría de la gente tiene motivos poderosos para vivir con el alma percudida y el talante arrugado.
Es un lugar común decir que si Kafka viviera en México sería un escritor costumbrista. La afirmación sintetiza nuestra perversa tendencia a la autodenigración. Es injusta por exagerada, pero bien se puede aplicar de manera selectiva, en casos localizados y en dosis precisas y controladas. Si Kafka viviera en Querétaro sería cronista parlamentario. Trabajaría, con su espíritu refunfuñón, en la Legislatura; tal vez sería jefe de prensa o un curioso coleccionista de dictámenes fantásticos ¿Qué escribiría Kafka al enterarse de que hay grupos parlamentarios de un solo diputado? ¿Qué imaginaría al enterarse de que el diputado Rafael Puga Tovar ofició de presidente de la comisión de redacción y estilo, de que el diputado Martín Mendoza Villa presidió la de Derechos Humanos, de que el diputado Fernando Urbiola predicó la vida ascética o de que Marco Antonio León redactó una constitución política inspirado en ¡Habermas y Ferrajoli!?
El asunto sería cómico si no fuera porque en Querétaro estamos ante el inminente riesgo de quedarnos sin legislación penal. Esto significa, sin exagerar, que no se podría investigar, detener, consignar, procesar, enjuiciar ni sentenciar a nadie. El problema fue detonado por el escándalo mediático del noticiero de Joaquín López Dóriga en Televisa: “¡El secuestro no es delito grave en Querétaro y los secuestradores pueden lograr su libertad bajo fianza!”
Los diputados de la actual legislatura actuaron pronto pero mal: dejaron sin efectos el código penal publicado en el periódico oficial el pasado 23 de octubre y restablecieron la vigencia del código penal publicado en el mismo periódico el 23 de julio de 1987 (“con todas sus reformas y adiciones”). Es decir, abrogaron el vigente y le dieron vigencia al abrogado. Creo que se puede decir más claro: los diputados aprobaron una ley que no es ley; el dictamen aprobado carece de la ley aprobada. La conclusión es obvia: si el titular del poder ejecutivo promulga y publica la ley que abroga un código y restablece otro, en ese momento el estado se quedará sin ley. ¿No es surrealismo? ¿Aprobar una ley que no es ley y luego promulgarla y publicarla?
No tiene la Legislatura la facultad de restablecer vigencias legales de la misma manera que no tiene el don de la resurrección de los muertos. Si acaso, tiene el poder de la multiplicación de los panes, pero de los ingresos reales que cada diputado se embolsa mensualmente se puede escribir en ocasión menos trágica. Según el artículo 19 de la Constitución Política del Estado la Legislatura tiene la facultad general de interpretar, crear, reformar, derogar y abrogar leyes y decretos, no de restablecer vigencias. Los diputados pueden aprobar leyes y enterrarlas, no revivirlas con una varita mágica, sin echar a andar el proceso de creación de leyes en toda forma. Esto me parece elemental pero parece que no lo saben. Tampoco entiendo para qué nos están sirviendo las direcciones jurídicas, las de estudios legislativos, los asesores, el Centro de Estudios Constitucionales y los grados de maestría y doctorado que engalanan las biografías de los representantes populares. Sé que en la actual legislatura hay un diputado que estudió en Harvard, y no comprendo por qué no ha habido una demanda en contra de esa prestigiada institución norteamericana, o al menos en contra. . . ¡del alumno!
Es cierto que en la aprobación del dictamen que deja sin efectos el código penal vigente y restablece la vigencia del anterior se cumplieron algunas etapas del proceso legislativo, pero también es cierto que sólo hizo falta el contenido de lo que se aprobaría. Resucitaron lo que estaba muerto. Me acordé de aquel chiste que se achacaba al presidente Echeverría cuando ordenó la abrogación de la Ley de Gravedad porque, según le dijeron los expertos, impedía la construcción de un puente que le habían solicitado unos pobres campesinos del norte del país. Así, de un plumazo, la legislatura actual determinó, en un par de artículos, que el muerto estaba vivo y que el vivo estaba muerto, previa promulgación y publicación. Es discutible que se haya cubierto el proceso legislativo. La discusión del dictamen presentado por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia no fue en realidad una discusión legislativa. No lo fue en estricto sentido. ¿Estamos ante otra aprobación “negociada” antes del pleno de los diputados? En los cubículos se discuten y se acuerdan sobre todo cuestiones de forma, de metodología, de agenda y trámite, y se dejan al pleno las cuestiones de fondo, de contenido. ¿Qué entenderán los diputados por “democracia deliberativa”? ¿Se pretendió corregir un error (real o supuesto) creando un mal mayor?
En realidad los diputados no aprobaron nada. Simplemente lo abrogaron todo. No aprobaron una nueva ley por la muy sencilla razón de que en el dictamen no había ninguna ley. Hasta un niño de Primaria habría copiado y pegado (¡Bendito programa de Microsoft Word!) el código de 1987 (“con todas sus reformas y adiciones”) al cuerpo del dictamen; luego lo hubiera llevado al conocimiento del pleno para su discusión, y finalmente lo habría sometido a su aprobación. Se pudo haber corregido el error del delito de secuestro y otros errores graves mediante una reforma al código penal vigente (¿cuál es el vigente y cuál es el abrogado?) y de inmediato, en una convocatoria a los especialistas, debatir con toda seriedad y conocimiento la legislación penal más congruente con nuestra época. En cambio –las premuras mediáticas suelen entontecer a la clase política– se les hizo fácil redactar un dictamen de una ley que no contiene una ley y aprobar una ley sin ley. Si el titular del poder ejecutivo la promulga y la publica, entonces el estado se convertirá en una sociedad sin delitos tipificados. El problema no es solamente conceptual, formal o de técnica legislativa; es mucho más que eso: la interpretación correcta puede dar lugar a una inmensa cascada de amparos por el hecho de que en Querétaro no está tipificado ningún delito. El problema no será ya que el secuestro no sea considerado un delito grave, sino que simple y sencillamente no habrá delitos de ninguna especie.
Se ha tapado un agujero negro y se ha abierto un cráter enorme y nebuloso, corregible sólo mediante el ejercicio de la atribución del titular del poder ejecutivo de hacer observaciones a la ley sin ley que le envío la legislatura. Me dice un experto que el defecto del delito de secuestro bien pudo haberse corregido con una fe de erratas; asegura que se trató de un error mecanográfico. No lo sé. En cambio es evidente que la legislatura aprobó una ley que no contiene ninguna ley. Sin habérselo propuesto, la actual legislatura ha dado una muestra de autoritarismo legislativo. Si el autoritarismo del poder constituyente consiste en meter en la Constitución local teorías jurídicas de vanguardia o post modernas, no pasa nada, es letra muerta que nació muerta; pero si de ese autoritarismo desarrapado surge una legislación que puede tener graves consecuencias prácticas, entonces reír es una imprudencia imperdonable.

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